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Diferencias entre un contrato de alquiler temporal y arrendamiento

Diferencias entre un contrato de alquiler temporal y arrendamiento

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Cuando llega el momento de alquilar una vivienda pueden surgir dudas con la información, tanto para el propietario como para el inquilino, por eso en este artículo queremos resolver algunas dudas. Nos vamos a centrar en explicar las diferencias entre un contrato de alquiler temporal y un contrato de arrendamiento de una vivienda habitual.

Puede que ambos tipos de contratos de alquiler parezcan iguales, pero no lo son y hay una gran diferencia entre los dos. Para evitar que haya malentendidos entre las partes interesadas, lo recomendable es conocer cuáles son las diferencias entre uno y otro.  

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre los contratos temporales y los habituales?

Siempre que se trate de contratos de alquiler hay que recurrir a la Ley de Arrendamientos Urbanos, ya que todos están regidos por ella. Gracias a ella se establecen las bases y condiciones de cómo se tienen que llevar a cabo los contratos de alquiler y cuáles son las características que deben tener. 

El artículo 3.2 de esta ley habla sobre el arrendamiento por temporada, en él se considera el alquiler temporal como un arrendamiento para un uso distinto de la vivienda. Con esta afirmación, ya se marca una gran diferencia entre hacer un alquiler por temporada y un alquiler de vivienda habitual. 

El texto del artículo 3.2 establece lo siguiente: “En especial, tendrán esta consideración los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada; sea ésta de verano o cualquier otra, y los celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, cultural o docente, cualquiera que sean las personas que los celebren”.     

Atendiendo a lo anterior, según la LAU, el alquiler por temporada está regulado de la misma manera que el arrendamiento de un local. 

Diferencias principales entre un alquiler temporal y un habitual.

El artículo 2 de la ley se centra en el alquiler de la vivienda habitual y establece lo siguiente: “Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.” 

Según esto, la naturaleza del alquiler es la que nos va a determinar si hay que realizar un contrato por arrendamiento de temporada o uno por arrendamiento habitual. Además de que el tipo de contrato es diferente, también hay varios aspectos que hay que tener en cuenta. 

Los derechos de los inquilinos.

La diferencia entre los dos tipos de alquiler que estamos hablando afecta directamente a los inquilinos. La Ley de Arrendamientos Urbanos ofrece más protección a los arrendatarios de un alquiler de vivienda habitual que a los de la vivienda temporal. Así lo establece la LAU en su artículo 6. 

La duración del contrato.

Cuando se firma un contrato de alquiler de vivienda habitual, el inquilino puede estar en ella hasta 5 años, incluso si en el contrato se ha indicado un tiempo inferior

Por el contrario, si el alquiler es de temporada, cuando se cumple el plazo fijado en el contrato, el arrendamiento termina sin excepciones. Otro aspecto a tener en cuenta, es que en un contrato habitual, el arrendatario puede desistir pasados al menos 6 meses, pero en uno temporal el inquilino no tiene derecho a desistir, ya que debe respetar el acuerdo entre ambas partes. 

La principal diferencia es el concepto de necesidad.

Una de las principales diferencias entre alquilar un piso por temporada o de forma habitual es conceptual, ya que para elegir entre uno y otro estamos ante un concepto de necesidad. No es solo la duración del alquiler, algo que también afecta, si no para qué se necesita la vivienda. 

Es decir, si la vivienda es para satisfacer la necesidad de cobijo y es considerada su hogar, será un alquiler habitual. Por otro lado, si el inmueble no va a ser el hogar del inquilino, sino que lo alquila para estar en él de forma temporal y cuando termine el alquiler tiene que volver a su casa, finaliza su necesidad y estamos ante un alquiler por temporada

A continuación, te detallamos en un listado toda la documentación para vender una casa básica y que necesitas en nuestro país:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor de la persona propietaria de la vivienda.
  • Nota simple registral del inmueble. Este documento sirve para acreditar el nombre del propietario junto con los tipos de cargas que pueda tener el inmueble (hipoteca, afecciones…). La Nota simple se puede conseguir en el Registro de la Propiedad.
  • Certificado de eficiencia energética y su etiqueta correspondiente. El certificado de eficiencia energética es obligatorio, tanto para vender como para alquilar un inmueble, desde el año 2013. Este documento sirve para indicar la calificación energética de la vivienda.
  • Título de propiedad o escritura de compraventa. En este documento es donde se cita el titular actual de la vivienda. Este título está inscrito en el Registro de la Propiedad del lugar donde se ubica el inmueble.
  • Certificado del último recibo del IBI anual (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
  • Para inmuebles en régimen de propiedad horizontal, es necesario un Certificado de la comunidad de propietarios que certifique que el propietario está al corriente de pago. El documento debe estar debidamente firmado por el Administrador de fincas. Además, puede incluir también, aunque no es obligatorio, la posible existencia de derramas u otras obligaciones pendientes de pago.
  • Certificado de deuda pendiente, si sobre la vivienda pesa un crédito hipotecario.
  • ITE (Inspección Técnica de Edificios), es decir, el informe que regula la conservación de los inmuebles. Este documento es obligatorio en algunas Comunidades Autónomas, en viviendas con más de 20 años de antigüedad.
  • También en algunas Comunidades es necesario disponer de la Cédula de habitabilidad de la vivienda en vigor.

Libertad de pactos entre ambas partes.

Cuando se lleva a cabo un contrato de arrendamiento de vivienda no existe mucha libertad de pacto entre las dos partes. Esto es debido a que la LAU es la que se encarga de regular casi todas las cláusulas y casi no pueden modificarse. Se trata de una ley que considera que, cuando se lleva a cabo un alquiler habitual, el inquilino debe estar bien protegido. 

Por eso, en los contratos de alquiler todo se rige por lo que las partes quieran pactar, siempre y cuando se respeten las normas que establece la ley. En el caso de los alquileres temporales, sus contratos no cuentan con tanta protección hacia el inquilino ya que él no depende tanto de esa vivienda, es algo temporal y la ley permite que las partes pacten lo que quieran de una forma más libre

A modo resumen, podemos decir que las principales diferencias entre un contrato de alquiler temporal y un contrato de arrendamiento son: 

  • La protección que otorga a los inquilinos. 
  • La duración de cada contrato.
  • La necesidad de contar con la vivienda dependiendo de cada caso. 
  • La libertad de pactos entre las dos partes. 

Todas estas diferencias hay que tenerlas en cuenta, con la ley en la mano, para poder llevar a cabo un contrato adecuado para cada tipo de alquiler

Sea cual sea el tipo de contrato de alquiler que lleves a cabo, como propietario es necesario que lleves una correcta gestión de tus alquileres.

Recuerda que, en Inmobiliaria Nuevos Horizontes, estamos para asesorarte en todo lo que necesites, sin compromiso y con las puertas de nuestra oficina abiertas para ti.

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